La Comunidad de Madrid ha lanzado una convocatoria de ayudas a la Rehabilitación de Edificios 2025, que tiene el objetivo de mejorar la accesibilidad de viviendas unifamiliares y en edificios residenciales colectivos, mediante sistemas domóticos, instalación de videoporteros, automatismos de puertas o sistemas de guiado, entre otros dispositivos. El pazo de solicitud de las ayudas estará abierto hasta el 28 de julio.
Con una dotación económica total de más de 25 millones de euros, las actuaciones que recibirán financiación son aquellas relacionadas con los diferentes tipos de mejoras en accesibilidad, como la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, automatismos para puertas y otros dispositivos similares. También incluye la dotación de productos de apoyo como grúas, sistemas de guiado y elementos de información o comunicación, como señales visuales, sonoras o dispositivos vibrotáctiles.
Otras obras subvencionables comprenden la instalación de sistemas para la audición, como bucles magnéticos, videoporteros o dispositivos de alarma en ascensores. Se prevén ayudas igualmente para instalaciones domóticas orientadas a fomentar la autonomía personal y para intervenciones que mejoren la accesibilidad universal en el interior de las viviendas (vías de circulación, baños y cocinas) o faciliten el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad del Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (DB-SUA).
Cuantías de las ayudas y destinatarios
La cuantía máxima de la ayuda varía según el tipo de actuación. Para viviendas unifamiliares, la ayuda puede alcanzar hasta 12.500 euros por vivienda. En el caso de viviendas situadas en edificios residenciales colectivos, la cuantía es de hasta 6.000 euros por vivienda. Cuando la actuación involucre locales comerciales u otros usos compatibles en edificios de viviendas colectivas, se puede obtener una ayuda adicional de 90 euros por metro cuadrado de superficie. En ningún caso la ayuda superará el 60% del coste total de la actuación.
Las ayudas a la Rehabilitación de Edificios 2025 están destinadas a propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares, así como aquellos de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva. También pueden solicitar estas ayudas las administraciones públicas y otras entidades de derecho público que sean propietarias de las viviendas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades y las sociedades cooperativas de viviendas. Además, podrán acceder las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
Requisitos para la presentación de solicitudes
Las obras para las que se solicita la ayuda deben haber comenzado después del 1 de enero de 2022. El plazo máximo para finalizar las actuaciones es de 12 meses desde la concesión de la ayuda en viviendas unifamiliares o ubicadas en edificios residenciales, y de 24 meses en el caso de intervenciones en edificios completos.
Respecto a los requisitos de las ayudas, los edificios y viviendas deben haber sido finalizados antes de 2006 y constituir el domicilio habitual y permanente de los beneficiarios. En los edificios, al menos el 30% de las viviendas debe ser residencia habitual y el 50% de la superficie construida debe destinarse a uso residencial.
También es preciso contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios y disponer de un informe de evaluación del edificio, así como presentar el proyecto o la memoria técnica de las actuaciones previstas. Además, se requieren todas las autorizaciones administrativas correspondientes.
Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial establecido en la Orden de convocatoria, y deberán cumplimentarse mediante formulario web y presentación telemática a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, para lo cual es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid.