El Consejo Europeo acuerda la revisión de la Directiva sobre la eficiencia energética de los edificios

Revisión directiva eficiencia energética edificios.

El Consejo Europeo ha alcanzado un acuerdo (orientación general) sobre una propuesta de revisión de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios. Entre otros aspectos, los objetivos de la revisión son que todos los edificios nuevos sean edificios de cero emisiones de aquí a 2030 y que todos los edificios existentes se transformen en edificios de cero emisiones de aquí a 2050.

Esta propuesta pretende eliminar de forma gradual los edificios menos eficientes y mejorar el parque inmobiliario nacional.

Dentro de la propuesta, el Consejo Europeo ha acordado que, a partir de 2028, los edificios nuevos propiedad de organismos públicos serán edificios de cero emisiones; mientras que, a partir de 2030, todos los edificios nuevos serán de cero emisiones. También establece la posibilidad de crear excepciones para determinados edificios, en particular edificios históricos, lugares de culto y edificios utilizados con fines de defensa.

En lo que se refiere a los edificios existentes, se ha determinado la introducción de normas mínimas de eficiencia energética que corresponderán a la cantidad máxima de energía primaria que pueden utilizar los edificios por m2 al año. El fin es activar renovaciones y conducir a una eliminación gradual de los edificios menos eficientes y a una mejora continua del parque inmobiliario nacional.

Pautas para los edificios no residenciales y residenciales existentes

Respecto a los edificios no residenciales existentes, los Estados miembros han marcado los umbrales de eficiencia energética máximos basados en el consumo de energía primaria. Un primer umbral establecería un límite por debajo del consumo de energía primaria del 15% de los edificios no residenciales menos eficientes en cada Estado miembro de aquí a 2030. Se establecería un segundo umbral por debajo del 25% de aquí a 2034. Los umbrales se marcarán basándose en el consumo de energía del parque inmobiliario nacional a fecha 1 de enero de 2020 y podrán variar en función de la categoría de los edificios.

Por otro lado, para los edificios residenciales existentes se ha acordado unas normas mínimas de eficiencia energética basadas en la trayectoria nacional, en consonancia con la renovación progresiva de su parque inmobiliario hacia un parque inmobiliario de cero emisiones de aquí a 2050, como se indica en sus planes nacionales de renovación de edificios.

La trayectoria nacional correspondería a la disminución del consumo medio de energía primaria del conjunto del parque de edificios residenciales en el período comprendido entre 2025 y 2050, con dos puntos de control para hacer balance de los avances de los Estados miembros.

Con ello se garantizará que el consumo medio de energía primaria del conjunto del parque de edificios residenciales sea al menos equivalente a la clase de eficiencia energética D, para el 2033; y, a más tardar en 2040, un valor determinado a escala nacional derivado de la disminución progresiva del consumo medio de energía primaria en el período comprendido entre 2033 y 2050 en consonancia con la transformación del parque de edificios residenciales hacia un parque inmobiliario de cero emisiones.

Nuevas clases energéticas para los edificios

Por otro lado, se ha acordado añadir una nueva clase ‘A0’ a los certificados de eficiencia energética, que corresponderá a los edificios de cero emisiones. Los Estados miembros podrán añadir una nueva clase ‘A+’, que corresponderá a los edificios que, además de ser edificios de cero emisiones, contribuyan a la red energética con la generación de energía renovable in situ.

Además, se han establecido los requisitos para garantizar que todos los edificios nuevos se diseñen para optimizar su potencial de producción de energía solar. También se ha acordado el despliegue de instalaciones de energía solar adecuadas para todos los edificios públicos y no residenciales nuevos con una superficie útil superior a 250 m2 para el 31 de diciembre de 2026, todos los públicos y no residenciales existentes que sean objeto de una reforma importante o de una renovación en profundidad, con una superficie útil superior a 400 m2 para el 31 de diciembre de 2027, y todos los edificios residenciales nuevos para el 31 de diciembre de 2029.

Los Estados miembros han pactado los requisitos para implantar infraestructuras de movilidad sostenible, como puntos de recarga para coches y bicicletas eléctricos en los edificios o junto a ellos, precableado para futuras infraestructuras y plazas de aparcamiento para bicicletas. También han introducido pasaportes de renovación voluntarios para los edificios.

Por último, la propuesta de revisión recoge la publicación de planes nacionales de renovación de edificios que incluirán una hoja de ruta con los objetivos nacionales para 2030, 2040 y 2050 por lo que respecta a la tasa de renovación energética anual, el consumo de energía primaria y final del parque inmobiliario nacional y las reducciones de sus emisiones de gases de efecto invernadero operativas. Los primeros planes se publicarán a más tardar el 30 de junio de 2026 y cada cinco años a partir de esa fecha.

 
 
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