El Gobierno aprueba la actualización del RITE que impulsará la digitalización en los edificios

Actualización RITE.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), ha aprobado la actualización del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) mediante la modificación del Decreto 1027/2007, de 20 de julio. Entre otras cuestiones, la nueva norma, aprobada con el Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, obliga a que los edificios con grandes consumos den el primer paso para convertirse en edificios inteligentes.

La actualización del RITE obliga a las construcciones con un gran consumo energético a ser edificios inteligentes.

La actualización del RITE, que fija las exigencias de eficiencia energética y seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios, contribuirá a alcanzar los objetivos climáticos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC), en concreto, el objetivo de mejora de la eficiencia energética a través de la reducción del consumo de energía primaria en un 39,5% en 2030 y de energía final en 36.809,3 toneladas equivalentes de petróleo (Ktep).

El reglamento seguirá recogiendo los requisitos que deben cumplir las instalaciones térmicas bajo el principio de neutralidad tecnológica, sin obligar al uso de una determinada técnica o material, ni evitar la introducción de nuevas tecnologías y conceptos.

La nueva normativa incorpora la digitalización de los edificios no residenciales que tengan una potencia útil nominal de climatización superior a 290 kW, como hoteles, centros comerciales, etc. y obliga a estas construcciones a convertirse en edificios inteligentes, para contribuir a la disminución del consumo y de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

Por otro lado, la actualización del RITE modifica el régimen de inspecciones de las instalaciones térmicas en los edificios, siendo inspeccionados de forma periódica los sistemas de calefacción y las instalaciones combinadas de calefacción, ventilación y agua caliente sanitaria con una potencia útil nominal mayor de 70 kW. Estas inspecciones periódicas se aplicarán también a los sistemas de aire acondicionado y las instalaciones combinadas de aire acondicionado y ventilación.

Los usuarios dispondrán de más información sobre el origen y el consumo de energía durante los últimos años de los edificios de más de 1.000 metros cuadrados destinados a usos administrativos, comerciales, etc., los cuales deberán proporcionar los datos.

Lectura remota de contadores

La actualización del RITE recoge también que los contadores de agua caliente sanitaria de uso común compartido en instalaciones posteriores a esta modificación deberán disponer de un servicio de lectura remota que permita la liquidación individual de los costes en base al consumo.

Por su parte, la empresa encargada del servicio de medición, reparto y contabilización deberá aclarar, de forma previa a la firma del contrato, si las tecnologías utilizadas para los servicios de lectura de consumo permiten la posibilidad de un cambio en el proveedor de este servicio sin necesidad de incurrir en gastos adicionales.

La distribución de los costes ligados a la información sobre el consumo individual se llevará a cabo sin fines lucrativos. La atribución de esa tarea a un tercero podrá repercutir sobre los usuarios finales siempre que se ajusten a los estándares de mercado.

Eficiencia energética

En relación con la eficiencia energética de los edificios, la actualización del RITE se adaptará al contenido de la Directiva (UE) 2018/2001, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables en el sector de la calefacción y la refrigeración, y al de varios reglamentos europeos de diseño ecológico y etiquetado de productos relacionados con la energía.

Asimismo, se pretende alinear el RITE con las últimas actualizaciones de las directivas europeas relacionadas con la eficiencia energética y regular las exigencias de eficiencia y seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en edificios. En este sentido, se introducen varias modificaciones en la normativa para la instalación de sistemas térmicos en edificios, que deberán diseñarse bajo la utilización de sistemas eficientes que permitan la recuperación energética y la utilización de las energías renovables y de las energías residuales.

Energías renovables

En cuanto a la incorporación de renovables en los edificios, en todas aquellas edificaciones sujetas a reforma, el técnico competente deberá proponer instalaciones alternativas de alta eficiencia y plantear un reemplazo de equipos fósiles por otros renovables. Además, deberá evaluarse la eficiencia energética de todas las instalaciones técnicas de los edificios cuando vayan a ser instaladas, sustituidas o mejoradas.

En este sentido, obliga a justificar la instalación de sistemas térmicos convencionales en lugar de otros sistemas más eficientes y sostenibles en edificaciones, tales como la bomba de calor geotérmica con suelo radiante o la hibridación de energía solar térmica con caldera de gas natural. Esta justificación deberá ir acompañada de una comparativa entre el sistema de producción de energía elegido y otros alternativos, teniendo en cuenta aquellos sistemas que sean viables técnica, medioambiental y económicamente.

 
 
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