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La Comisión Europea aclara las obligaciones de transparencia del Reglamento de la IA

Publicado: 23/07/2026

La Comisión Europea ha publicado unas directrices para que proveedores y responsables del despliegue de sistemas de inteligencia artificial puedan preparar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia del Reglamento de IA, aplicables a partir del 2 de agosto de 2026. El documento concreta cómo deberán informar a los usuarios cuando interactúen con IA o cuando determinados contenidos hayan sido generados o modificados mediante esta tecnología.

Imagen sobre la Comisión Europea y las directrices de transparencia para proveedores de inteligencia artificial bajo el Reglamento de IA
La Comisión Europea publica directrices para aplicar la transparencia del Reglamento de IA e informar sobre contenidos generados por IA desde 2026.

El objetivo de estas obligaciones es reducir los riesgos de engaño y manipulación asociados al uso de sistemas de IA y de contenidos sintéticos. Las directrices precisan qué operadores quedan sujetos a las exigencias de transparencia en sistemas interactivos y en los procesos de marcado y etiquetado de contenidos generados por IA.

Obligaciones de transparencia del Reglamento de IA

En el caso de los proveedores, el Reglamento de IA exigirá que los sistemas estén diseñados para informar a las personas usuarias cuando estén interactuando directamente con una inteligencia artificial. También deberán incorporar marcas legibles por máquina que permitan detectar contenidos generados o manipulados mediante IA.

Los responsables del despliegue tendrán que informar a los usuarios cuando estén expuestos a ultrafalsificaciones o deepfakes, a contenidos generados por IA sobre asuntos de interés público que no hayan sido sometidos a revisión humana o control editorial, y a sistemas de reconocimiento de emociones o de categorización biométrica.

Las orientaciones publicadas por la Comisión aclaran conceptos y recogen ejemplos y exenciones. Entre otros aspectos, explican qué se entiende por sistemas de IA directamente interactivos, como los chatbots; por contenido sintético, incluido el texto generado total o parcialmente por IA; por deepfakes; y por texto generado mediante IA en materias de interés público.

El documento también aborda excepciones relevantes, como los usos de edición estándar. La Comisión cita como ejemplo las correcciones ortográficas y gramaticales, que pueden quedar diferenciadas de otros usos de IA con mayor impacto sobre la generación o alteración de contenidos.

Código de prácticas y herramientas de apoyo

Las directrices detallan asimismo cómo puede demostrarse el cumplimiento de las obligaciones de transparencia previstas en el Reglamento de IA. Una de las vías señaladas es la adhesión a un código de prácticas, concebido como un mecanismo voluntario que aporta seguridad jurídica y una forma práctica de acreditar la conformidad con la norma.

Estas orientaciones complementan el Código de Prácticas sobre Transparencia de los Contenidos Generados por IA. El código fue elaborado por expertos independientes con aportaciones de cientos de partes interesadas, y tanto la Comisión como el Consejo de IA han confirmado que constituye un medio voluntario adecuado para que proveedores y responsables del despliegue puedan apoyarse en él al demostrar el cumplimiento del Reglamento de IA.

Para facilitar la comprensión de las obligaciones derivadas del Reglamento de IA, la Comisión está habilitando varias herramientas. Entre ellas figuran las propias directrices, el Código de Prácticas y el AI Act Service Desk, un centro de información accesible y actualizado que ofrece orientación sobre la aplicación de la normativa.

Calendario de aplicación del Reglamento de IA

El 2 de agosto de 2026 comenzará a aplicarse la mayoría de las normas incluidas en el Reglamento de IA, junto con las competencias de ejecución de la Comisión Europea y de las autoridades nacionales de vigilancia del mercado.

Los sistemas de IA introducidos en el mercado antes de agosto deberán cumplir las obligaciones de marcado y detección desde el 2 de diciembre de 2026.

Publicado en: Multimedia Etiquetado como: Directiva Europea, Inteligencia Artificial, Legislación, Normativa, Regulación

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