El Ayuntamiento de Valle Gran Rey (La Gomera) ha lanzado unas subvenciones para rehabilitación de viviendas en el municipio, con una inversión de superior a los 162.000 euros. En concreto, estas ayudas están destinadas a la rehabilitación o adecuación de viviendas de titularidad privada a las condiciones mínimas de habitabilidad, ahorro de consumo energético, elementos estructurales y aquellas obras necesarias para el adecuado mantenimiento de las mismas. Entre las actuaciones, se incluye la instalación de sistemas domóticos o la instalación eléctrica de baja tensión, entre otros. El plazo para solicitar las ayudas estará abierto durante 30 días hábiles, a contar desde el 20 de mayo.

En cuanto a las actuaciones en viviendas aisladas o interior de viviendas en edificios se incluyen las rehabilitaciones para adaptar la vivienda a personas con diversidad funcional y movilidad reducida, la instalación de sistemas integrados de domótica, la reforma de cuartos de baño, la instalación eléctrica de baja tensión, la instalación interior de fontanería y saneamiento, las obras relativas al estado de conservación de estructuras, y el refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales.
En los edificios residenciales se incluyen las rehabilitaciones en las zonas comunes destinadas a la instalación eléctrica de enlace, la instalación general de fontanería, la red de evacuación de aguas, las obras relativas al estado de conservación de cubiertas, el refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales o las obras de accesibilidad. Además, también se incluyen aquellas obras destinadas a luchar contra la pobreza energética, así como las obras en viviendas aisladas en situación de fuera de ordenación, con la finalidad de dejar de estarlo si se desarrollan las obras necesarias para ello.
Cuantías de la subvención para cada actuación
En cuanto a las cantidades disponibles con estas ayudas, se prevé que los beneficiarios de viviendas unifamiliares podrán acceder a una subvención de hasta el 50% del coste subvencionable de cada actuación individual y un importe máximo por vivienda de 10.000 euros. Mientras tanto, los edificios residenciales contarán con un máximo de 8.000 euros por vivienda colectiva.
Las viviendas deberán tener una antigüedad en la fecha de la solicitud de, al menos, 20 años. En cuanto a los edificios, deberán estar finalizados antes de 1996, que al menos el 70% de su superficie tenga uso residencial de vivienda y que al menos el 50% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de la solicitud.
Asimismo, queda prohibido destinar la vivienda a alquiler turístico y a otros usos con un fin distinto al de residencia habitual y permanente, así como subarriendo. La vivienda no podrá permanecer deshabitada por un tiempo superior a seis meses al año.