Con el objetivo de conocer la opinión de los operadores, ciudadanos y cualquier parte interesada, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Mintra) ha lanzado una consulta pública sobre la prestación del servicio universal de telecomunicaciones como obligación de servicio público en la anualidad 2025. Los interesados podrán enviar sus alegaciones hasta el 15 de noviembre.
Próximo a finalizar el período en el que actualmente un operador está encargado de la prestación de los servicios incluidos en el servicio universal de telecomunicaciones, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública inicia una consulta pública para recabar las opiniones de los sujetos y organizaciones interesadas sobre la prestación del servicio universal de telecomunicaciones como obligación de servicio público en la anualidad 2025.
La consulta pública consta de cuatro preguntas que abordan la efectividad del programa Unico Demanda Rural y de otros programas dirigidos a impulsar el despliegue de las redes de comunicaciones en España; así como si el servicio universal de telecomunicaciones está siendo objeto de prestación en la actualidad en unas adecuadas condiciones de cobertura, calidad, asequibilidad y accesibilidad por el conjunto de operadores que actúan en el mercado en libre competencia.
Además, se pretende conocer si existe alguna prestación que no quedaría garantizada si no se acuerda la designación de un operador u operadores encargados de la prestación universal de telecomunicaciones como obligación de servicio público; y si es posible determinar el cese de la prestación del servicio universal de telecomunicaciones como obligación de servicio público.
Hasta el 15 de noviembre, las partes interesadas que quieran enviar sus alegaciones podrán remitirlas al correo electrónico consultapublica.normasteleco@digital.gob.es.
Aspectos claves del servicio universal de telecomunicaciones
El servicio universal de telecomunicaciones es el conjunto definido de servicios cuya prestación se garantiza para todos los consumidores con independencia de su localización geográfica, en condiciones de neutralidad tecnológica, con una calidad determinada y a un precio asequible.
En la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones se establece el concepto, servicios y características que definen el servicio universal de telecomunicaciones. Los servicios que se incluyen son un acceso adecuado y disponible a Internet de banda ancha a través de una conexión subyacente en una ubicación fija, con una velocidad mínima de acceso de 10 Mbits en sentido descendente.
Por otro lado, esta ley establece que los precios de los servicios incluidos en el servicio universal han de ser asequibles y no deben impedir a los consumidores con rentas bajas o con necesidades sociales especiales tener acceso a tales servicios.
Para garantizar estas premisas del servicio universal de telecomunicaciones, el Gobierno de España ha ejecutado, entre otras acciones, el programa Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión (Unico) Demanda Rural para garantizar el acceso a Internet a una velocidad mínima de 100 Mbits, con precios asequibles para los ciudadanos, independientemente de su localización geográfica.