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Aprobado el proyecto de Ley de impulso de la rehabilitación y mejora de viviendas y edificios

Publicado: 09/06/2022

El proyecto de Ley de impulso de la rehabilitación y mejora de viviendas y edificios ha sido aprobado por las Cortes Generales, tras su votación en el Senado. La Ley incorpora tres novedosas deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales en la cuota del IRPF e incluye una importante mejora del tratamiento de las ayudas a la rehabilitación, que no se integrarán en la base imponible, lo que se elimina el impacto fiscal para su perceptor. Estas deducciones se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.

Rehabilitación.
El proyecto de Ley de impulso de la rehabilitación y mejora de viviendas y edificios incorpora deducciones fiscales de hasta un 60%.

En el contexto del Componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), esta norma refrenda el conjunto de medidas aprobadas por el Gobierno a través del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, que ha permitido introducir algunas mejoras en el texto de la ley que permitirán fortalecer su impacto y asegurar la consecución de los objetivos de España en materia de rehabilitación edificatoria.

La nueva ley introduce un conjunto de medidas en materia de fiscalidad, financiación y mejora del marco normativo que facilitará la aplicación de los programas de ayuda gestionados por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) y financiados con cargo a los fondos NextGenerationEU.

Deducciones en el IRPF

Entre las medidas en materia de fiscalidad, destacan tres novedosas deducciones en la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales y para cuya financiación se ha habilitado una partida de 450 millones del PRTR.

Estas deducciones se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética. A estas ayudas podrán acogerse personas físicas que realicen las actuaciones de rehabilitación o mejora.

Una de las deducciones será del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. Este porcentaje de deducción será válido para las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

Hasta el 31 de diciembre de 2022, todas las actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable -acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda, para obtener una clase energética A o B, en la misma escala de calificación- obtendrá un porcentaje de deducción del 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.

Por último, las actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B, en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2023, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

Otras medidas fiscales

Por otro lado, en materia de fiscalidad se incluye una importante mejora del tratamiento de las ayudas a la rehabilitación, ya que no se integrarán en la base imponible del IRPF cuando hayan sido concedidas a través de distintos programas de ayuda, entre los que se incluyen los programas del referido Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, con lo que se elimina cualquier tipo de impacto fiscal para el perceptor de las ayudas.

Por su parte, en el ámbito de la financiación, el proyecto de ley aprueba la creación de una línea de avales de hasta 1.100 millones de euros a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.

Publicado en: Edificios Inteligentes Etiquetado como: Certificación Energética, Eficiencia Energética, Fondos Next Generation, Rehabilitación, Transición Energética

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