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Canales | Alarmas/Seguridad | Videovigilancia IP/CCTV
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La videovigilancia IP y CCTV es la supervisión local y/o remota de video captado por cámaras de video con vídeo IP, tecnología digital o CCTV, que es una tecnología analógica aplicable A todo tipo de edificación, como comercios, industrias, recintos, viviendas, etc. Se utiliza para la protección de intrusión, control de accesos, supervisión de comercios, trabajadores y procesos, además de controlar personal y familiares en áreas domésticas.

La videovigilancia como termino general hace referencia a la supervisión local y/o remota de imágenes de video captadas por cámaras (y sonido si las cámaras integran micrófonos) de video. Las imágenes de la Videovigilancia pueden ser emitidas en tiempo real y/o grabadas. Vídeo IP (Internet Protocol) son cámaras con tecnología digital utilizando el protocolo IP para comunicarse y CCTV (Circuito cerrado de televisión) utiliza una tecnología analógica. Ambos sistemas de videovigilancia tienen básicamente el mismo funcionamiento y objetivo, y pueden incluso coexistir en una misma instalación de videovigilancia.

Aplicaciones de Videovigilancia relacionadas con el Edificio y Hogar Digital

En los edificios públicos (oficinas, bancos, transporte, administración, etc.) se ha utilizado la CCTV y videovigilancia durante muchos años, sobre todo para la seguridad de intrusión en los recintos interiores y exteriores, y el control de accesos. Pero también se utiliza la videovigilancia para supervisar zonas de trabajo, como almacenes, cargas y descargas, para proteger contra robos, y posteriormente para poder utilizar las imágenes como pruebas, etc.

Para las viviendas de alto standing (chalets, etc.) y las viviendas de personas con necesidad especial de seguridad se ha utilizado la videovigilancia también durante muchos años y normalmente gestionadas por empresas de seguridad profesional. Hoy en día, sin embargo, existen también soluciones de videovigilancia para la seguridad más sencillas que pueden ser instaladas y gestionadas incluso por el mismo propietario. También existen, sobre todo para entornos domésticos, soluciones de seguridad personal que permiten supervisar cuidadoras de niños y mayores, personal de limpieza, u otros familiares de forma remota.

Las aplicaciones más comunes de Videovigilancia IP y CCTV son:

  • Seguridad de Intrusión - La videovigilancia permite visualizar y grabar lo que pasa dentro y fuera de un edificio para evitar, detectar, analizar y denunciar intrusiones.
  • Control de Accesos - La videovigilancia en el control de accesos permite registrar y dar permisos a las personas y vehículos para que puedan entrar y salir de un edificio y su alrededor.
  • Control de Robos y Hurtos - La videovigilancia permite controlar robos y hurtos, tanto infracciones de cliente como de los mismos trabajadores en una oficina, almacén o tienda.
  • Control de Procesos - La videovigilancia permite supervisar el trabajo en áreas industriales, comerciales y transporte para mejorar los procesos y para proporcionar seguridad a los trabajadores.
  • Videovigilancia Emocional - La videovigilancia permite saber lo que está pasando en una casa cuando no estamos, por ejemplo supervisar el trabajo de la asistenta, ver lo que hace la cuidadora con los niños o las personas mayores, saber lo que hacen los adolecentes cuando están solos en la casa por la tarde al llegar del colegio, o por la noche si estamos fuera de casa.
  • Videovigilancia de Espacios Públicos - La videovigilancia de zonas exteriores (calles, plazas, etc.) permite vigilar áreas conflictivas con problemas de robos, drogas, prostitución, etc.

Las imágenes captadas por la videovigilancia pueden ser emitidas:

  • En Abierto - significa que cualquier persona puede acceder a las imágenes (normalmente a través de Internet) como por ejemplo las cámaras de sitios públicos que muestran la situación del tráfico o zonas públicas, o las cámaras que algunas personas colocan en sus casas para que les pueda ver cualquier persona.
  • En Cerrado - significa que únicamente personas con permiso pueden acceder a las imágenes (a través de Internet o a través de monitores locales y/o remotas) como por ejemplo las cámaras situadas en empresas que supervisan accesos, zonas de trabajo, etc. o cámaras situadas dentro de viviendas que sólo permiten acceso a los miembros de la familia y/o una empresas de seguridad CRA.

Legislación

El aumento de la videovigilancia ha resultado en la necesidad de regularizar la situación mediante diferentes leyes que protegen la intimidad de las personas. La legislación referente a la videovigilancia depende principalmente del lugar en que se están grabando las imágenes, para que uso y la difusión de las mismas. La legislación en España es bastante compleja. En resumen prohíbe las cámaras ocultas, obliga a informar sobre la existencia de videovigilancia, proteger la intimidad de las personas, y a sólo utilizar las imágenes con fines de seguridad y siempre con el sentido de proporcionalidad. Las leyes más destacadas que rigen la videovigilancia son:

  • La Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al honor, a la Intimidad Personal y a la Propia Imagen.
  • La Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las fuerzas y cuerpos de seguridad en lugares públicos.
  • La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

El Tribunal Constitucional ha subrayado en distintas sentencias, que la videovigilancia es un medio particularmente invasivo y por ello resulta necesaria tanto la concurrencia de condiciones que legitimen los tratamientos, como la definición de los principios y garantías que deben aplicarse. Por todo ello, y con la finalidad de adecuar estos tratamientos a la ley Orgánica 15/1999 se dictó la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.

En el ámbito de tratamiento de imágenes con fines de seguridad se deben respetar y aplicar los principios contenidos en la legislación vigente y en particular la LOPD, el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (RDLOPD), aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.

La Instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de cámaras o videocámaras es una normativa que se dicta con el objetivo de dar respuesta a las cuestiones planteadas a la Agencia en materia de videovigilancia y conseguir que se apliquen por los tribunales criterios uniformes. El incremento en nuestra sociedad de sistemas de videovigilancia también ha hecho necesario regular de forma específica esta materia y garantizar los derechos de las personas cuyas imágenes son captadas.

Exigencias básicas para la captación y tratamiento de imágenes mediante videovigilancia:

  1. Colocar, en zonas videovigiladas el distintivo informativo (según modelo oficial) ubicado en un lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados.
  2. Tener a disposición de los interesados impresos en los que se detalle la información sobre el fichero y su finalidad, el destinatario de los datos, la posibilidad de ejercicio de los derechos por parte del interesado, y la identificación del responsable del fichero.
  3. Sólo será admisible la instalación de cámaras o videocámaras cuando la finalidad de vigilancia no pueda obtenerse mediante otros medios que, sin exigir esfuerzos desproporcionados, resulten menos intrusivos para la intimidad de las personas y para su derecho a la protección de datos de carácter personal.
  4. Las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de las cámaras. En todo caso deberá evitarse cualquier tratamiento de datos innecesario para la finalidad perseguida.
  5. Las imágenes sólo serán tratadas cuando sean adecuadas, pertinentes y no excesivas en relación al ámbito y las finalidades determinadas, legítimas y explícitas, que hayan justificado la instalación de las cámaras.
  6. La creación de un fichero de imágenes de videovigilancia exige su inscripción en el Registro General. No es necesario cuando el tratamiento consista exclusivamente en la reproducción o emisión de imágenes en tiempo real.
  7. En el supuesto de captación y conservación de imágenes, estas han de ser borradas en un plazo no superior a 1 mes.

La normativa es aplicable siempre que sean captadas imágenes de personas físicas identificadas o identificables, y comprende: la grabación, captación, transmisión, conservación,

y almacenamiento de imágenes, incluida su reproducción o emisión en tiempo real, así como el tratamiento que resulte de los datos personales relacionados con ellas.

Componentes de Sistemas de Videovigilancia y CCTV

Los Sistemas de Videovigilancia IP y CCTV pueden estar compuestos un amplio abanico de componentes, desde una única cámara que graba imágenes en una habitación de un niño y las emite a un pequeño monitor en la cocina, hasta complejos sistemas de Videovigilancia de un conjunto inmobiliario completo, con control de zonas interiores, accesos y exteriores, y grabación y distribución de la señal tanto de forma local como remota. Sin embargo, los principales componentes de los sistemas de videovigilancia son:

  • Cámaras - Las Cámaras captan las imágenes y las emiten a la red para su grabación y/o visualización local y/o remota. Hay cámaras fijas y móviles que pueden ser remotamente controladas haciendo pan, tilt y zoom (PTZ). Este movimiento se puede hacer vía hardware mediante un teclado y joystick o vía software, mediante una aplicación específica de videovigilancia instalada en un ordenador. Los Domos son cámaras protegidas por una carcasa y montadas de forma invertida en el techo o en un brazo. Hay dos tecnologías principales para las cámaras de Videovigilancia:
    • Cámaras Analógicas - Las cámaras analógicas captan imágenes y emiten la señal en la red. Las cámaras pueden ser fijas o controladas remotamente configurando y manipulando la panorámica, enfoque, inclinación y zoom.
    • Cámaras IP - Las cámaras IP captan imágenes, y tienen las mismas funcionalidades que las analógicas, únicamente disponen además de un pequeño servidor web que permite su conexión directa a Internet o a una red de datos para la visualización de la misma.
  • Iluminación de infrarrojos (IR) - El iluminador de infrarrojos (IR) es un elemento que emite luz infrarroja (IR) para que las cámaras con capacidad de visión de luz infrarroja (más allá de la visión humana) puedan captar imágenes en oscuridad (blancos y negros).
  • Entrada / Salida de Audio - Las entradas y salidas de audio permiten captar (entrada) sonidos acompañando la imagen, y emitir (salida) audio integrado en un sistema de videovigilancia.
  • Servido de Video - El servidor de vídeo tiene una o varias entradas para cámaras analógicas y tiene la capacidad de captar y distribuir las señales de video de forma local y remota. Se puede además incluir un servidor web que permite su conexión directa a Internet para la visualización de la misma a través de Internet.
  • Grabador de Video - El grabador de vídeo es un componente que tiene la capacidad de grabar las imágenes captadas por las cámaras. La grabación puede ser de forma continua, o ser activada por detección de movimiento, programación horaria, etc. La grabación de vídeo y la posterior visualización, se puede realizar de forma local, o remota a través de internet. Los dispositivos de grabación y almacenamiento de video se suelen llamar Grabadores de Vídeo Digital, Grabadores de Vídeo o Videograbadores.
  • Acceso Internet - El acceso a Internet (o conexión telefónica vía modem) permite la distribución de la señal de forma remota a través de Internet.
  • Red (Cableado) - La red es la infraestructura que conecta las cámaras con los servidores, grabadores o directamente a internet. La red puede ser cableada o inalámbrica. La red fija suele ser Coaxial para videovigilancia analógica y Ethernet para videovigilancia IP:
  • Cable Coaxial - El cable coaxial distribuye la señal de vídeo de las cámaras analógicas al servidor de video. La red coaxial puede ser sustituida por soluciones inalámbricas que emiten la señal de video vía radio, infrarrojo, etc.
  • Red Ethernet / WiFi - La red de Ethernet (o WiFi para cámaras IP inalámbricas) proporciona la infraestructura para la conexión de las cámaras y servidores web a internet.
  • Interfaces de visualización - Los interfaces de visualización de la videovigilancia pueden hoy en día ser de gran variedad. Desde el tradicional monitor o pantalla, PCs, hasta sistemas para PCs interconectados para videowalls, Pocket PCs, Móviles, etc.
  • Sensores - Gran variedad de sensores pueden ser conectados con el sistema de videovigilancia para alertas de variaciones en las condiciones físicas que pueden ser utilizados para empezar una grabación, activar la iluminación IR, desconectar un sistema, etc.


Más info de Alarmas/Seguridad:
Seguridad y Alarmas - Introducción
Alarmas Intrusión
Alarmas Técnicas
Alarmas Personales
Videovigilancia IP/CCTV


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